delito de violacion sexual

sábado, 28 de marzo de 2015

Dolo en los delitos de violación sexual en el Perú.

En la actualidad al tratar el dolo en los delitos de violación sexual se hace referencia a la voluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración del abuso sexual. Según el destacado jurista Claus Roxin “por dolo se entiende, según una usual formula abreviada, el conocimiento (saber) y voluntad (querer) de los elementos del tipo objetivo”.



En conclusión se denomina al dolo en la violación sexual cuando el sujeto activo tiene pleno conocimiento del acto que va a cometer o cuando lo realiza en contra de la voluntad de su víctima causándole   temor y miedo utilizando la violencia.




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